Necesitamoshacer una pequeña reforma de nuestra vivienda habitual, el presupuesto de la obra asciende a 12.000 euros de los que 4300 euros corresponden a materiales, la empresa o profesional que nos hace la obra emitirá la factura correspondiente al tipo reducido del 10%, si los materiales aportados superaran los 4800 euros la factura
Efectivamente se considerará incluida dentro del concepto de renovación y reparación a que se refiere el art. 91.Uno.2.10º de la Ley 37/1992 (Ley IVA) la ejecución de obra, siempre que se realice en las condiciones indicadas por el citado precepto, y tenga por destinatario a quien utiliza la vivienda para su uso particular o a una comunidad deEltipo reducido de IVA en obras y reformas es del 10 %. Se aplica cuando es el propio propietario de la vivienda, su inquilino o cualquier otra persona física la que contrata directamente los servicios de los profesionales que las van a llevar a cabo. También será el encargado de abonarles los honorarios que hayan pactado. Esdecir, la ley impone a las Comunidades de Propietarios el IVA reducido del 10% para obras de rehabilitación, reparación o renovación siempre y cuando el material utilizado
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